Los Estudios de Seguridad y Salud en los proyectos de arquitectura
Nº Noticia: 6964
Fecha de Noticia: 29/12/2010
Subtema: Visado
La Comisión Nacional de la Competencia (CNC), mediante Resolución de 29 de noviembre de 2010 (ver documento adjunto), ha declarado la Terminación Convencional del expediente sancionador S/0002/07, incoado al Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos en relación con su acuerdo de 6 de octubre de 2005 sobre visado de los estudios de seguridad y salud en los proyectos de ejecución propios de la competencia de los Arquitectos. Dicha Resolución se dicta a la vista del nuevo acuerdo del Pleno del Consejo Superior de 22 de julio de 2010, que la CNC estima "adecuado y vinculante" y cuyo texto literal es el siguiente:
" 1. Con ocasión del visado de los proyectos de ejecución deberá verificarse, de conformidad con los Arts. 3, 4 y 5 del Real Decreto 1627/1997 en relación con la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación, la incorporación a los mismos de los correspondientes estudios de seguridad y salud, redactados por sus coordinadores en materia de seguridad y salud o bien por otros técnicos competentes de acuerdo con sus competencias y especialidades.
2. Se revoca y deja sin efectos el acuerdo del Pleno del Consejo Superior de fecha 6 de octubre de 2005: 05.093/PO.X, sobre estudios de seguridad y salud"