Normas Subsidiarias de Estellencs
Nº Noticia: 6776
Fecha de Noticia: 24/08/2010
Subtema: Ord. Territorio y M. Ambiente
Destacamos que, tal y como determina el apartado 4 del artículo 7 bis de la Ley 4/2008, de 14 de mayo, de medidas urgentes para un desarrollo territorial sostenible en las Islas Baleares, quedan SUSPENDIDAS LAS LICENCIAS por plazo de dos años, y los proyectos se deberán fundamentar en el régimen urbanístico vigente que sea COMPATIBLE con las determinaciones del nuevo planeamiento inicialmente aprobado.
Además, las hasta ahora vigentes NS de Estellencs, aprobadas el año 2006, han sido recientemente anuladas por la sentencia núm. 758/2010 de 22 de julio de la Sala de lo contencioso administrativo del TSJIB, dado que no disponían de Estudio Económico y Financiero.
Para más información se pueden dirigir a la Oficina de Información Urbanística, OIU (c/ Portella 14 - 3 planta, 07001 Palma). Tel.: 971228670 - Fax: 971720463 - oiupalma@coaib.es - www.coaib.es.