Aprobación inicial de la adaptación al PTI de las NS de Valldemossa.
Nº Noticia: 6675
Fecha de Noticia: 16/06/2010
Subtema: Ord. Territorio y M. Ambiente
Recordamos que, tal y como determina el apartado 4 del artículo 7 bis de la Ley 4/2008, de 14 de mayo, de medidas urgentes para un desarrollo territorial sostenible en las Islas Baleares, quedan SUSPENDIDAS LAS LICENCIAS por plazo de dos años, y los proyectos se deberán fundamentar en el régimen urbanístico vigente que sea COMPATIBLE con las determinaciones del nuevo planeamiento inicialmente aprobado.
Según esta versión aprobada inicialmente se fijan, para cada uno de los tres núcleos urbanos, unos índices de uso residencial que son INVARIABLES para las diferentes zonas y subzonas, excepto para las unifamiliares (1 viv./parcela), y que son los siguientes:
- núcleo de Valldemossa: 1 viv./ 150 m2;
- núcleo de Sa Marina: 1 viv./ 70 m2;
- núcleo de s'Estaca: 1 viv./ 35 m2.
Estos índices se calculan sobre la superficie incluida dentro de la hondura edificables o, en su caso, dentro la ocupación máxima; el resultado será el número entero por exceso.
Para más información se pueden dirigir a la Oficina de Información Urbanística del COAIB (OIU), c/Portella 14 - 3º Planta, 07001 Palma. Tel.: 971 22 86 70 - Fax: 971 72 04 63 - oiupalma@coaib.es - www.coaib.es.