Derogación de Normas estatales en materia de turismo.
Nº Noticia: 6586
Fecha de Noticia: 22/04/2010
Subtema: Ord. Territorio y M. Ambiente
Este Real decreto se promulga con el objeto de facilitar que las correspondientes comunidades autónomas, en el ámbito de sus responsabilidades y competencias, adopten las medidas para la adaptación de las normas a la directiva Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.
Pese a su antigüedad, algunas de estas normas todavía resultaban de aplicación supletoria en el ámbito de las Illes Balears, destacar, a los efectos del ejercicio profesional, las siguientes:
- El Real decreto 2877/1982, de 15 d’octubre, de ordenación de apartamentos turísticos y de viviendas turísticas vacacionales;
- El Real decreto 1634/1983, de 15 de junio, sobre ordenación de establecimientos hoteleros;
- Órden del Ministerio de Información y Turismo, de 17 de enero de 1967, por la que se aprueba la ordenación de apartamentos, bungalows y de otros alojamientos similares de carácter turístico.
Se adjunta el mencionado texto publicado.
Para más información se pueden dirigir a la Oficina de Información Urbanística, OIU (c/Portella 14 - 3º Planta, 07001 Palma) Tel.: 971 22 86 70 - Fax: 971 72 04 63 - oiupalma@coaib.es - www.coaib.es