Real Decreto-Ley 6/2010: Medidas en materia de rehabilitación de viviendas.

Nº Noticia: 6577

Fecha de Noticia: 21/04/2010

Subtema: Legal y Fiscal

El Gobierno aprobó el 9 de abril, el Real Decreto-Ley 6/2010, de medidas para el impulso de la recuperación económica y del empleo (BOE nº 89 de 13/04/10), entre las que destacan, por su interés para los arquitectos, las contenidas en el Capítulo I "Medidas en materia de rehabilitación de viviendas".

Se introduce una nueva deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por obras de mejora en la vivienda habitual:

"Los contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 53.007,20 euros anuales, podrán deducirse el 10 por ciento de las cantidades satisfechas desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 6/2010 hasta el 31 de diciembre de 2012 por las obras realizadas durante dicho período en la vivienda habitual o en el edificio en la que ésta se encuentre, siempre que tengan por objeto la mejora de la eficiencia energética, la higiene, salud y protección del medio ambiente, la utilización de energías renovables, la seguridad y la estanqueidad, y en particular la sustitución de las instalaciones de electricidad, agua, gas u otros suministros, o favorezcan la accesibilidad al edificio o las viviendas, en los términos previstos en el Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, así como por las obras de instalación de infraestructuras de telecomunicación realizadas durante dicho período que permitan el acceso a Internet y a servicios de televisión digital en la vivienda habitual del contribuyente.

No darán derecho a practicar esta deducción las obras que se realicen en plazas de garaje, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos."

Los pagos no podrán ser realizados mediante entregas en dinero en metálico. Existen bases máximas anuales en la deducción en función de la cuantía de la base imponible.

Por otra parte, se introducen mejoras en el tratamiento del IVA, que consisten en la ampliación del concepto de rehabilitación estructural, en dicho impuesto, y en la reducción del tipo de gravamen aplicable a la renovación y reparación de viviendas particulares.

Se reproduce en anexo el texto íntegro del citado Real Decreto-Ley.

Anexos