Hojas de reclamación o denuncia en los despachos a disposición de los clientes.

Nº Circular: 2 / 10

Fecha Circular: 15/02/2010

Nº Noticia: 6502

Fecha de Noticia: 12/02/2010

Subtema: Legal y Fiscal

El pasado 19/01/10 entró en vigor el Decreto 46/2009 de la Conselleria de Salut i Consum del Govern Balear (BOIB nº 103 de 18/07/09), sobre hojas de reclamación o de denuncia en materia de consumo.

El expresado Decreto obliga a los despachos profesionales a tener a disposición de los clientes hojas de reclamación o denuncia de consumo, según modelo que se puede descargar de http://www.caib.es/govern/archivo.do?id=408617.

También deberá colocarse en lugar perfectamente visible del estudio o despacho un cartel de dimensiones no inferiores a una hoja DIN-A4 y letras no inferiores a 2 cm. Según texto anexo II (pág.5) del Decreto: http://boib.caib.es/pdf/2009103/mp7.pdf.

Se prohíben hojas de reclamación distintas al modelo oficial.

El incumplimiento de dichas obligaciones puede reportar las importantes sanciones previstas en los arts. 47 y siguientes de la Ley 1/1998, de 10 de marzo, Estatuto de los Consumidores y Usuarios de las Islas Baleares.